Aprobación del Jurado de Clasificación de Montes Vecinales de Mano Común

Se remite copia del Acuerdo de Alteración de Titularidad, dando por cerrada una parte del trámite para la recuperación de la titularidad de los montes de Poles Rebollín y Rebollinos de SALAS.

ACUERDO DE ALTERACIÓN DE TITULARIDAD

Vista la Declaración catastral presentada por MARRON MENENDEZ LUIS FERNANDO, una vez realizadas las comprobaciones
oportunas, esta Gerencia, en virtud de las competencias que tiene atribuidas¹, acuerda INSCRIBIR la alteración catastral² acreditada de los inmuebles que se relacionan (total inmuebles:7), conforme a los datos que se detallan en el presente acuerdo.

Dichas alteraciones tendrán efectos en el Catastro Inmobiliario desde el 27 de septiembre de 2022.

Puede acceder a los datos físicos de dichos inmuebles, así como consultar más información del expediente, en
www.sedecatastro.gob.es, apartado expedientes de mi catastro, utilizando el CSV: YXJNM0P9HJWQN2ER.

RECURSOS Y RECLAMACIONES³

Contra este acuerdo, así como contra los datos físicos de dichos inmuebles, puede interponer, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción, por cada uno de los inmuebles afectados, recurso de reposición ante esta Gerencia o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional. No obstante, si el valor catastral del inmueble es superior a 1.800.000 € se podrá interponer la reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Central. El
recurso de reposición tendrá carácter potestativo y previo a la reclamación, no siendo posible la interposición simultánea de ambos. En todo caso, deberán dirigirse a esta Gerencia, preferiblemente acompañado de una copia del acto impugnado.

Cuando la reclamación económico-administrativa deba tramitarse por el procedimiento abreviado, el escrito de interposición contendrá las alegaciones y las pruebas oportunas. A tal efecto podrá comparecer ante esta Gerencia en el plazo anteriormente indicado para ponerle de manifiesto el expediente.

Oviedo, 29 de octubre de 2025
GERENTE REGIONAL
JOSE LUIS GONZALEZ GARCIA
Documento firmado electrónicamente con código seguro de verificación (CSV): YXJNM0P9HJWQN2ER

¹Artículo 4 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (R.D. Legislativo 1/2004, de 5 de marzo) y R.D. 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda (BOE de 14 de marzo).
²Artículos 11 y siguientes del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
³Artículos 222 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. En caso de tramitación abreviada de la reclamación económico-administrativa, además, artículos 245 y 246 de la citada Ley y artículo 64 del Reglamento general de desarrollo de la Ley General Tributaria en materia de revisión en vía administrativa (R.D. 520/2005, de 13 de mayo).


Enlace a Google Maps con las Referencias Catastrales.


Copia del Documento


Copia de las Parcelas incorporadas a Monte Vecinal en Mano Común Poles Rebollín y Rebollinos de Salas